La presente investigación tuvo como propósito fundamental estudiar el
tratamiento jurídico, doctrinario y jurisprudencial que tiene el bullyng en la
legislación nacional, y a partir de ello determinar si los directivos y docentes de
centros de estudios de menores de edad pueden ser responsables de daños
ocasionados a los estudiantes a causa de hostilización por parte de otros
estudiantes, durante el periodo que se encuentren bajo su custodia.
La investigación realizada corresponde al tipo dogmático-normativo y teórico, de
diseño no experimental y transversal, para el recojo de la información del trabajo
de campo se utilizó la técnica documental, empleándose como instrumento las
fichas literales, de resumen, de análisis de contenido, la unidad de análisis
corresponde a la doctrina, jurisprudencia y normatividad referido al tema tratado,
además se usó la técnica del análisis cualitativo y la argumentación jurídica como
método del diseño para validar la hipótesis y logro de los objetivos de la
investigación.
Finalmente, como resultado de la investigación se concluyó que los propietarios,
directivos y docentes de centros de estudios de menores, a partir del deber de
garante que le concede la norma, tienen la obligación de ejecutar actos tendientes
a propugnar el respeto entre educandos, la omisión en este sentido constituiría
fundamento para responder civilmente ante los daños que pudieran ocasionarse.
La presente investigación tuvo como propósito fundamental estudiar el
tratamiento jurídico, doctrinario y jurisprudencial que tiene el bullyng en la
legislación nacional, y a partir de ello determinar si los directivos y docentes de
centros de estudios de menores de edad pueden ser responsables de daños
ocasionados a los estudiantes a causa de hostilización por parte de otros
estudiantes, durante el periodo que se encuentren bajo su custodia.
La investigación realizada corresponde al tipo dogmático-normativo y teórico, de
diseño no experimental y transversal, para el recojo de la información del trabajo
de campo se utilizó la técnica documental, empleándose como instrumento las
fichas literales, de resumen, de análisis de contenido, la unidad de análisis
corresponde a la doctrina, jurisprudencia y normatividad referido al tema tratado,
además se usó la técnica del análisis cualitativo y la argumentación jurídica como
método del diseño para validar la hipótesis y logro de los objetivos de la
investigación.
Finalmente, como resultado de la investigación se concluyó que los propietarios,
directivos y docentes de centros de estudios de menores, a partir del deber de
garante que le concede la norma, tienen la obligación de ejecutar actos tendientes
a propugnar el respeto entre educandos, la omisión en este sentido constituiría
fundamento para responder civilmente ante los daños que pudieran ocasionarse.