Abstract:
En la investigación se parte del presupuesto de que el delito, en materia penal, conlleva la sanción penal. Con ese argumento, varios países como el nuestro admiten la posibilidad de que las víctimas obtengan reparación de los daños y perjuicios ante una jurisdicción penal. En el presente trabajo se observa que la acusación formulada por el representante del Ministerio Público carece de la correcta tipificación en tanto no toma en consideración los elementos factos y jurídicos que establece la norma. Del análisis del proceso, se infiere que el procesado Ricardo Raygada Mares fue hallado responsable del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, lesiones graves. Sin embrago en el desarrollo del presente trabajo, se observa que se ha vulnerado los requisitos de fondo, específicamente el establecido en el artículo 394 (requisitos de la sentencia), que prescribe que debe existir la motivación clara y precisa, lógica y completa de cada hecho y circunstancias que dan por probada, y la valoración de los medios de prueba, siendo que la resolución de vista, sí ha cumplido con los requisitos de la sentencia