Abstract:
Los hechos materia de imputación inician el día 16 de diciembre del 2014, los imputados y demás integrantes de la comunidad campesina Pedro Cochachin ingresaron al predio de su posesión denominado “Urpaytunan”, procediendo a retirar los mojones, hiervas, y piedras que servían de lindero, también habrían pisoteado sus sembríos. Asimismo, el día 17 de diciembre del mismo año a la cinco de la mañana aproximadamente nuevamente los imputados y demás integrantes de la Comunidad Campesina al referido predio, quemando y destruyendo una de sus chozas que posesionaba y donde guardaba sus pertenencias, de igual forma los imputados habrían sustraído sus herramientas; aduciendo que dichas chozas y el predio que ocupaba la denunciante es de propiedad de la Comunidad Campesina. Iniciando el representante del Ministerio Publico, con la investigación preliminar y preparatoria correspondiente, por los presuntos delitos de hurto simple, daño simple y usurpación agravada, pero en la etapa intermedia, en el control mixto el fiscal solicita el sobreseimiento de la causa sobre los presuntos delitos de hurto agravado y daño simple, acusando solo sobre el delito de usurpación agravada a los tres procesados, sentenciándose solo a un imputado, ya que el fiscal retiró la acusación fiscal a favor de un procesado, se absolvió a otro de los procesados y solo se llegó a sentenciar condenatoriamente al último de los procesados, interponiendo este el recurso de apelación; consecuentemente se obtuvo la absolución de la acusación fiscal del apelante