Abstract:
El objetivo del presente trabajo de investigación fue determinar cuál es el tratamiento de la acción típica en el delito tráfico de influencias y su relación con la tentativa y la participación en la doctrina y jurisprudencia peruana; en tanto se efectuó una investigación de naturaleza dogmática, transversal, explicativa, no experimental, no poseyendo para tal efecto alguna circunscripción temporal y espacial debido al tipo de investigación elaborada. La unidad de análisis estuvo compuesta por el análisis de la doctrina, jurisprudencia y normatividad. Se hizo uso de técnicas el fichaje y el análisis de contenido, considerando la utilización de instrumentos de recolección de datos tales como: las fichas de análisis de contenido y bibliográficas respectivamente. Entre los métodos empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. La investigación ha manifestado en base a diversos argumentos sólidos y coherentes que el ilícito penal de tráfico de influencias es un delito de mera actividad, esto debido a que, para su consumación basta con el simple ofrecimiento por el agente activo de interceder ante funcionario o servidor público frente a un caso judicial o administrativa. Por ende, puede imputarse como un delito de tentativa inacabada. Ya que el tipo penal de tráfico de influencias no requiere que el funcionario o servidor público en el cual se busca influenciar exprese una resolución a favor del presunto beneficiado. Siendo doloso, no existe inconveniente alguno para la configuración de la tentativa. Ello es aplicable tanto al autor como el instigador dentro del citado tipo penal