Abstract:
El estudio analiza el marco normativo encargado de asegurar la preservación del apellido de un individuo cuando la declaración de filiación es rechazada por uno de sus progenitores sin que exista una disposición que le permita hacerlo. Esta investigación se enmarca en el campo del Derecho Civil y los Derechos Humanos y se centra en el tema de la conservación del apellido de una persona como pretensión implícita en la declaración denegatoria paterno-filial en el Perú. La metodología de este estudio se enmarcó en los estudios teóricodogmáticos y, como tal, su abordaje que cualitativo. Esto implica que su diseño fue no-experimental y transversal. La técnica para el acopio de datos fue el de análisis documental y los instrumentos los diferentes tipos de fichas. Todo el proceso investigativo se basó en los principios del Derecho Civil y en la protección de los Derechos Humanos. El principal hallazgo es que el fundamento jurídico para la conservación del apellido en el proceso que se instaure para la declaración denegatoria de filiación en el Perú forma parte del derecho al nombre e identidad individual o familiar como derecho humano o como atributo consustancial a toda persona. No obstante, la conservación del nombre aún no está regulado en la declaración denegatoria de filiación en el Perú. Por lo que urge la modificatoria del segundo párrafo del artículo 20 del Código Civil y segundo párrafo del numeral 6.1 del artículo del Código de los niños y adolescentes